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Impuestos y crypto en México: cómo hablar con tu contador sobre USDC y Bitcoin

Equipo BitsaveAutor
abril 28, 20269 mins de lectura min de lectura
Impuestos y crypto en México: cómo hablar con tu contador sobre USDC y Bitcoin

Lo que cambió en 2026 (y por qué te afecta)

Hasta 2025, el SAT dependía de reportes que las plataformas enviaban periódicamente. Era información a cuentagotas. Pero en 2026, dos cosas grandes cambiaron:

1. Artículo 30-B del Código Fiscal de la Federación

Desde el 1 de abril de 2026, las plataformas digitales que operan en México (mexicanas y extranjeras) están obligadas a darle al SAT acceso electrónico, en tiempo real, a la información de transacciones de sus usuarios [1][2].

Esto no significa que el SAT vea tus mensajes o tu vida privada. Significa que puede consultar cuánto compraste, cuándo y a qué precio. La información fiscal. Nada más, pero nada menos.

Las plataformas deben mantener un archivo consultable de cinco años y enviar un aviso formal al SAT antes del 30 de abril de 2026 [5].

2. CARF: el reporte automático internacional de cripto

México se sumó al marco de la OCDE llamado CARF (Crypto-Asset Reporting Framework). Esto significa que las plataformas cripto de todo el mundo van a reportar automáticamente las transacciones de usuarios mexicanos al SAT. El primer intercambio masivo de datos será en septiembre de 2027, cubriendo transacciones de 2026 [8].

75 países ya se comprometieron a implementar CARF. No hay dónde esconderse, y no tiene sentido intentarlo.

Lo que esto significa para ti: el SAT va a tener mucha más visibilidad sobre tus movimientos crypto. La buena noticia es que declarar correctamente es más sencillo de lo que parece. Y hacerlo bien te evita multas que van del 55% al 75% del impuesto omitido.


¿Cómo clasifica el SAT a las cripto?

El SAT no considera a Bitcoin, USDC ni ninguna cripto como moneda. Tampoco como divisa. La Ley Fintech (artículo 30) las define como representaciones de valor que se transfieren electrónicamente [10].

Para efectos de impuestos, las cripto se tratan como bienes intangibles muebles. Piénsalo como si fueran una propiedad digital. Cuando las vendes, aplican las mismas reglas que cuando vendes cualquier otro bien.

El impuesto principal que se genera es el ISR (Impuesto sobre la Renta), específicamente bajo las reglas de enajenación de bienes [6][9].


Tres escenarios con números reales

Vamos a lo concreto. Estos son los tres casos más comunes que tu contador necesita entender.

Escenario 1: Compraste USDC y los vendiste cuando subió el tipo de cambio

María compró 500 USDC cuando el dólar estaba a $17.50 MXN. Meses después, vendió esos 500 USDC cuando el dólar estaba a $18.20 MXN.

Detalle

Venta

500 USDC × $18.20 = $9,100 MXN

Impuesto

ISR sobre $350 MXN (ganancia cambiaria)

Esta ganancia se declara como enajenación de bienes. La tasa depende de tus ingresos totales anuales (tarifa progresiva, hasta 35%).

Escenario 2: Compraste Bitcoin y lo vendiste más caro

Carlos compró 0.01 BTC cuando el precio era de $1,500,000 MXN por Bitcoin. Un año después, vendió cuando el precio subió a $2,000,000 MXN por Bitcoin.

Detalle

Venta

0.01 BTC × $2,000,000 = $20,000 MXN

Impuesto

ISR sobre $5,000 MXN (enajenación de bienes)

Mismo tratamiento: la diferencia entre precio de compra y precio de venta es tu ganancia gravable.

Escenario 3: Compraste crypto y no has vendido nada

Andrea compró 1,000 USDC y 0.005 BTC. No ha vendido nada. Siguen en su balance de Bitsave.

Detalle

Venta

No ha ocurrido

Impuesto

Ninguno

Si no vendes, no hay hecho generador de impuesto. Comprar y mantener crypto no genera ISR. El impuesto se paga cuando vendes y obtienes una ganancia.


Qué necesita tu contador de ti (y cómo Bitsave te ayuda)

Cuando llegues con tu contador a hablar de crypto, necesita datos específicos. No un "pues compré algo de Bitcoin". Necesita esto:

La información que debes llevar:

  1. Fecha de cada compra. Día exacto en que compraste cripto.

  2. Monto en pesos de cada compra. Cuánto depositaste.

  3. Tipo de cripto. USDC, Bitcoin, etc.

  4. Fecha de cada venta. Día exacto en que vendiste.

  5. Monto en pesos de cada venta. Cuánto recibiste.

  6. Comisiones pagadas. Las comisiones de la plataforma son deducibles.

Cómo obtener esta información en Bitsave:

Bitsave te da acceso a tu historial completo de movimientos desde la app. Puedes ver cada compra, cada conversión y cada retiro con fecha, monto y tipo de crypto. Tu contador puede usar esta información directamente para preparar tu declaración.

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¿Dónde se declara en la Declaración Anual?

Para personas físicas, en la Declaración Anual (que se presenta cada abril en sat.gob.mx):

  1. Entra a sat.gob.mx → Declaraciones → Declaración Anual

  2. Busca la sección correspondiente a enajenación de bienes

  3. Reporta la ganancia neta (precio de venta menos costo de adquisición)

  4. Si tuviste pérdidas, también se reportan (pueden compensarse contra ganancias futuras)


6 mitos sobre impuestos y crypto en México

Mito 1: "Si no vendo, el SAT no se entera"

El SAT ahora tiene acceso en tiempo real a tus transacciones en plataformas [1]. Sabe que compraste aunque no hayas vendido. La buena noticia: comprar y mantener no genera impuesto.

Mito 2: "Las cripto son anónimas, nadie las rastrea"

Las plataformas reguladas (como Bitsave) verifican tu identidad al registrarte. Con CARF, incluso plataformas internacionales reportarán tus transacciones al SAT [8].

Mito 3: "Solo pago impuestos si gano mucho"

Cualquier ganancia por venta de criptoactivos es gravable. Actualmente, en México no existe una exención específica aplicable a este tipo de activos.

Aunque la ley contempla ciertas exenciones para la enajenación de bienes, estas no están diseñadas ni confirmadas para criptoactivos, por lo que en la práctica se considera que cualquier ganancia debe declararse.

Mito 4: "Mi contador no sabe de crypto, mejor no declaro"

No declarar te expone a multas del 55% al 75% del impuesto omitido, más recargos. Mejor llévale la información organizada a tu contador. Este artículo te ayuda a explicarle exactamente qué necesita saber.

Mito 5: "Si uso una plataforma extranjera, no aplica"

Con CARF, las plataformas de 75 países van a reportar transacciones de mexicanos al SAT [8]. No importa si usas una plataforma en Singapur o en Suiza.

Mito 6: "Los dólares digitales (USDC) no cuentan como cripto"

USDC sí es un activo virtual bajo la Ley Fintech [10]. Si compras USDC a un tipo de cambio y vendes a otro más alto, esa ganancia es gravable. La diferencia es que USDC es mucho más predecible que Bitcoin en términos de precio.


Preguntas frecuentes

¿Tengo que declarar crypto aunque no haya vendido nada?

No. El ISR se genera cuando vendes y obtienes una ganancia. Comprar y mantener cripto no genera obligación fiscal por sí solo. Sin embargo, el SAT puede ver que tienes cripto, así que asegúrate de que tu patrimonio declarado sea congruente.

¿Qué pasa si no declaro mis ganancias de cripto?

Te arriesgas a multas del 55% al 75% del impuesto omitido, más recargos. Con el acceso en tiempo real del SAT a las plataformas (Art. 30-B CFF) [1], las probabilidades de que detecten discrepancias aumentaron significativamente.

¿Las pérdidas en cripto se pueden deducir?

Sí. Las pérdidas por enajenación de bienes pueden compensarse contra ganancias del mismo tipo en los años siguientes. Lleva el registro completo para que tu contador pueda aplicar esta compensación.

¿Cuánto impuesto pago por mis ganancias de cripto?

Depende de tus ingresos totales anuales. La tarifa de ISR para personas físicas es progresiva: va desde el 1.92% hasta el 35% para ingresos muy altos. Tu ganancia de cripto se suma al resto de tus ingresos.

¿Bitsave le reporta mis datos al SAT?

A partir de abril 2026, todas las plataformas digitales que operan con usuarios en México están sujetas al artículo 30-B del CFF [1]. Bitsave opera bajo regulación de la CMF de Chile y coopera con las autoridades fiscales correspondientes.

¿Qué es el CARF y cómo me afecta?

El CARF (Crypto-Asset Reporting Framework) es un marco de la OCDE que obliga a plataformas crypto de 75 países a reportar automáticamente las transacciones de sus usuarios a las autoridades fiscales locales [8]. Para México, el primer intercambio de datos será en septiembre de 2027.

¿Intercambiar USDC por Bitcoin cuenta como venta?

Sí. Cada intercambio entre crypto (swap) se considera una enajenación. Si compraste USDC a un precio y lo cambiaste por Bitcoin cuando el tipo de cambio era diferente, hay una ganancia o pérdida que se debe reportar [9].


Checklist: lo que debes hacer antes del 30 de abril

  • Juntar el historial de todas tus transacciones crypto de 2025

  • Calcular la ganancia o pérdida de cada venta (precio de venta - costo de compra)

  • Separar por tipo: USDC (ganancia cambiaria), Bitcoin (enajenación de bienes)

  • Anotar las comisiones pagadas (son deducibles)

  • Llevar todo esto a tu contador con tiempo

  • Presentar tu Declaración Anual antes del 30 de abril de 2026

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Referencias

[1] Código Fiscal de la Federación, Artículo 30-B. Acceso en tiempo real del SAT. https://siemprealdia.co/mexico/fiscal/informacion-de-plataformas-digitales-acceso-tiempo-real-sat/

[2] KPMG. "Mexico: Tax provisions affecting digital platforms in 2026 tax reform." https://kpmg.com/us/en/taxnewsflash/news/2025/11/mexico-tax-provisions-digital-platforms-2026-tax-reform.html

[3] KPMG. "Mexico: Miscellaneous tax resolution FY2026." https://kpmg.com/us/en/taxnewsflash/news/2026/01/mexico-miscellaneous-tax-resolution-2026-digital-platforms.html

[4] Bloomberg Tax. "Mexico's New Digital Access Law Creates Continuous Tax Oversight." https://news.bloombergtax.com/tax-insights-and-commentary/mexicos-new-digital-access-law-creates-continuous-tax-oversight

[5] Fonoa. "Mexico Real-Time Data Access Mandate (Rule 2.9.21)." https://www.fonoa.com/resources/blog/mexico-rule-2-9-21-marketplaces-saas

[6] BeInCrypto. "Impuestos sobre criptomonedas en México en 2026." https://es.beincrypto.com/aprende/impuestos-criptomonedas-mexico-guia-completa-sat/

[7] Bleap Finance. "Cómo pagar impuestos por cripto en México: Guía SAT 2026." https://www.bleap.finance/es-mx/blog/como-pagar-impuestos-por-cripto-en-mexico

[8] CriptoTendencia. "CARF entró en vigor en 2026." https://criptotendencia.com/2026/02/02/carf-entra-en-vigor-en-2026-lo-que-cambia-para-el-inversor-minorista-en-criptomonedas/

[9] Contadores de México. "Aspectos fiscales de los criptoactivos." https://www.contadoresmexico.org.mx/Vida-colegiada/Aspectos-fiscales-de-los-criptoactivos

[10] Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech), Artículo 30.


Este contenido es informativo y no constituye asesoría fiscal ni legal. Las leyes fiscales cambian y cada situación es diferente. Los activos virtuales no son moneda de curso legal en México y no están respaldados por el Gobierno Federal. Consulta a un contador certificado antes de presentar tu declaración.

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